Moratoria 2021 de la Provincia de Buenos Aires

29/04/2021

SUMARIO: Se publica la ley que implementa la moratoria 2021 en la Provincia de Buenos Aires para la regularización de determinadas obligaciones vencidas durante el año 2020.

Mediante la presente moratoria se autoriza a la ARBA a implementar los siguientes planes de facilidades de pago:


Régimen de regularización de deudas de contribuyentes y sus responsables solidarios

- Mediante este plan se podrán regularizar deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios provenientes del impuesto inmobiliario y a los automotores vencidas durante el año 2020.

- Las deudas podrán regularizarse en hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que podrán tener o no intereses de financiación, de acuerdo lo establezca la reglamentación.

- La ARBA será la encargada de establecer la fecha hasta la cual podrá realizarse el acogimiento al régimen y los demás requisitos que deberán cumplir los interesados.


Régimen de regularización de deudas de agentes emisores

- Se podrán incluir en el régimen para regularizar las deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas al 31/12/2020, en cualquier instancia en que se encuentren.

Asimismo, también quedan comprendidas las obligaciones de los agentes no declaradas ante la ARBA, ni detectadas, liquidadas, fiscalizadas o determinadas.

- Las deudas se podrán regularizar en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con o sin intereses de financiación, según lo establezca la reglamentación.

- La ARBA será la encargada de establecer la fecha hasta la cual podrá realizarse el acogimiento al régimen y los demás requisitos que deberán cumplir los interesados.


Régimen de regularización de deudas de agentes de recaudación provenientes de retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término

- En este régimen se podrán regularizar las deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios provenientes de retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas al 31/12/2020, en cualquier instancia en que se encuentren.

Asimismo, quedan comprendidas las obligaciones no declaradas ante la ARBA, ni detectadas, liquidadas, fiscalizadas o determinadas.

- Las deudas se podrán regularizar en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con o sin intereses de financiación, según lo establezca la reglamentación.

- La ARBA será la encargada de establecer la fecha hasta la cual podrá realizarse el acogimiento al régimen y los demás requisitos que deberán cumplir los interesados.


Rehabilitación de regímenes de regularización caducos

- Se faculta a la ARBA a disponer la rehabilitación de los regímenes de regularización de deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los impuestos inmobiliario, en sus componentes básicos y complementarios; a los automotores, respecto de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación; sobre los ingresos brutos y de sellos; y de los regímenes de regularización de deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos; cuya caducidad hubiera operado durante el año 2020.


Régimen de regularización de deudas por infracciones laborales y de seguridad e higiene

- El Ministerio de Trabajo de la Provincia podrá establecer un régimen de regularización, refinanciamiento o bonificación de intereses para aquellas PyMEs tramo 1, como así también para aquellas empresas cuya actividad principal fuera declarada como afectadas por la emergencia sanitaria, para deudas exigibles, en cualquier estado de cobro administrativo o judicial, salvo que exista sentencia firme, originadas en sanciones por infracciones laborales y de seguridad e higiene, impuestas por el citado Ministerio hasta el día 31/12/2020.

- Las deudas se podrán regularizar en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con o sin intereses de financiación, según lo establezca la reglamentación.

Fuente : Errepar.

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