Beneficios: Subsidio del CIEN POR CIENTO (100%) del costo financiero total.
Categoría “A”, un límite máximo $90.000;
Categoría “B”, hasta $120.000 y
Restantes categorías: hasta un máximo de $150.000
a. Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.
b. Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
Procedimiento:
La solicitud se hará por medio de la página de AFIP.
Cualquier consulta no dudes en contactarte con nosotros.