“CENSO NACIONAL ECONÓMICO”

03/12/2020

El 30 de noviembre de 2020 comienza el Censo Nacional Económico (CNE 2020-2021) dispuesto por la resolución 180/2020 del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

Dicha resolución dispone la apertura del censo, que se ejecutará durante 6 meses y que incluirá una seria de actividades precensales, censales y postcensales.

El mismo comprende todas las actividades económicas productivas de bienes y servicios y toda otra actividad económica que por su envergadura se considere de relevancia estadística y relevará personas y empresas del país que tienen actividad registrada, incluyendo sociedades financieras y no financieras, personas inscriptas en monotributo y autónomos e instituciones sin fines de lucro.

¿Cómo se llevará a cabo?

El censo constará de dos etapas:

Primera etapa

La primera etapa consiste en la realización de un registro estadístico digital destinado a todas las unidades económicas con actividad en el territorio nacional y que tengan su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa.

Segunda etapa

Contempla un conjunto de encuestas estructurales económicas y encuestas sectoriales para obtener información sobre producción e insumos desagregados por actividad y por producto, canales y márgenes de distribución, entre otros datos relacionados a las sociedades no financieras.

¿Cómo será el cronograma de relevamiento?

  • PERSONAS JURÍDICAS (Empresas e instituciones sin fines de lucro)

Del 30 de Noviembre de 2020 al 1° Abril de 2021

  • AUTÓNOMOS

Del 30 de Noviembre de 2020 al 1° Mayo de 2021

  • MONOTRIBUTISTAS

Del 30 de Noviembre de 2020 al 1° Junio de 2021

 

¿Cómo se realizará el relevamiento?

El mismo se efectuará a través de un cuestionario digital desarrollado por el INDEC, denominado e-CNE.

Para ingresar a la aplicación del e-CNE se requerirá previamente la validación de la identidad de las personas mediante su número de CUIT y clave fiscal en la plataforma Autenticar.

Luego, el sistema redireccionará a un sitio seguro del INDEC para completar el censo, que dependiendo del tipo de persona puede tener 14, 15 o 17 preguntas.

¿Sobre qué versarán las consultas?

El cuestionario solicitará:

- CUIT de acuerdo con la conformación de la unidad económica.

- Ubicación de la administración central.

- Localización geográfica de otras provincias.

- Descripción de la actividad principal.

- Descripción de bienes y servicios resultantes de la actividad principal.

- Descripción de materias primas y gastos directos.

- Facturación anual sin impuesto al valor agregado (IVA).

- Cantidad de personal ocupado.

- Realización de actividades de investigación y desarrollo.

¿Cómo pueden completar el formulario las empresas y entidades sin fines de lucro?

Para acceder a la aplicación, el administrador o subadministrador de relaciones de la empresa o entidad debe adherirse al servicio o realizar la delegación de permisos correspondientes.

La adhesión al servicio se realiza desde el sitio web de la AFIP, ingresando al “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, seleccionar la CUIT de la empresa o entidad por la que se responderá, buscar dentro del INDEC el servicio denominado “Censo Nacional Económico (CNE) 2020/2021” y adherirse.

Luego, se puede ingresar al e-CNE desde el sitio web https://censoeconomico.indec.gob.ar o a través del enlace que figure en el correo electrónico que reciba con la convocatoria.

 

Al ingresar el sitio web remitirá a la página de la AFIP para validar la identidad mediante al CUIT y clave fiscal de la persona que se encuentra autorizada a responder en nombre de la empresa o institución. El administrador elegirá la opción de la CUIT de la empresa o entidad por la que responderá.

No es necesario completar todo el formulario en el mismo momento, ya que se encuentra habilitada la opción de “guardar y continuar luego”.

Antes de confirmar y finalizar con el cuestionario, el sistema da acceso a un resumen para revisar las respuestas y modificarlas en caso de ser necesario.

Una vez finalizado, se podrá descargar el formulario completo y se deberá descargar la “certificación de cumplimiento censal de la empresa”, que les permitirá luego realizar trámites administrativos y bancarios.

¿Qué pasa si no recibí la notificación electrónica de convocatoria?

Si no se recibe la notificación digital, primero debe verificar su correo electrónico declarado en el domicilio fiscal electrónico de AFIP y la bandeja de correo no deseado.

Si no recibe notificaciones oficiales al domicilio fiscal electrónico declarado o que no lo haya dado de alta, puede acceder a la aplicación del e-CNE a través del sitio web del INDEC, como se indica en el punto anterior.

Tenga en cuenta que el relevamiento se hará a 5.5 millones de personas.

¿Es obligatorio?

El artículo 4 de la resolución 180/2020 establece que todas las unidades económicas que sean convocadas quedan obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el cuestionario.

La sanción por incumplimiento será de multa.

Asimismo, el certificado de cumplimiento debe descargarse, ya que será necesaria su presentación para la realización de trámites administrativos y bancarios.

Por su parte, el artículo 10 del decreto 3110/1970 declara como carga púbica a la actividad censal, y las personas y empresas convocadas están obligadas a cumplirla.

¿Dónde se puede obtener mayor información?

Para obtener más información sobre el censo, se puede consultar la página web del INDEC https://censoeconomico.indec.gob.ar o llamar al teléfono 0-800-CNE-2021.

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