Blanqueo de capitales. Incentivo a la construcción

25/02/2021

El día de ayer el Senado convirtió en ley el proyecto mediante el cual se implementa un régimen destinado a promover las inversiones en la construcción de obras privadas nuevas realizadas en el país.


Les paso a comentar las principales características: 


Beneficios:

a.    Eximición en el Impuesto sobre los Bienes Personales al valor de las inversiones en dichos proyectos inmobiliarios realizadas hasta el 31/12/2022.   

b.    Pago a cuenta en el Impuesto sobre los Bienes Personales del 1% del valor de las inversiones en proyectos inmobiliarios. Dicho pago a cuenta se ajustará a determinadas pautas y no podrá generar saldo a favor.  

c.       Diferimiento del pago del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas o del Impuesto a las Ganancias, según corresponda.

d.      No estarán sujetos a las presunciones sobre incrementos patrimoniales no justificados.

e.       Quedan liberados de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder.

f.        Quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar, de acuerdo con las disposiciones enunciadas en el texto.

g.       No estarán obligados a informar a la AFIP la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con las que fueran adquiridas.

 

Impuesto especial:

a. 5%: Ingresados desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley y hasta transcurrido el plazo de 60 días corridos.

b. 10%: Ingresados desde el día siguiente de vencido el plazo del inciso a) y hasta transcurrido el plazo de 30 días corridos´

c. 20%: Ingresados desde el día siguiente de vencido el plazo del inciso b) y hasta transcurrido el plazo de 30 días corridos.

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