Retorno a la actividad laboral presencial

09/04/2021

SUMARIO: Coronavirus (COVID-19) – Convocatoria de trabajadores vacunados, exceptuados del deber de asistencia al lugar de trabajo, para su retorno a la actividad laboral presencial – Norma complementaria de la res. 207/2020 (M.T.E. y S.S.).

Se establece que los empleadores y las empleadoras podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras, incluidos los dispensados y dispensadas de la misma por encontrarse comprendidos en los incs. a), b) y c) del art. 1 de la Resolución 207/2020 (M.T.E. y S.S.), que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos catorce días de la inoculación.

RESOLUCIÓN CONJUNTA 4/2021 (M.S.) y RESOLUCIÓN CONJUNTA 4/2021 (M.T.E. y S.S.)  - B.O. 09/04/2021 

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